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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12655
30 noviembre, 2009
DJ-2327
Señor
Alfonso Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
Sistema Nacional de Radio y Televisión
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza la variación en el procedimiento concursal, para la contratación directa concursada de una empresa consultora que lleve a cabo el estudio de mercado, análisis y descripción de los puestos de trabajo del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural, conforme el artículo 15 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Nos referimos a su oficio PE-505-2009 del 20 de noviembre de 2009 en el que solicita autorización para llevar a cabo la contratación directa concursada de una empresa consultora que realice el estudio de mercado, análisis y descripción de los puestos de trabajo del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural
I. Antecedentes
Informa que con el fin de llevar a cabo ajustes salariales extraordinarios a los funcionarios de SINART es necesario contar con un estudio del marcado laboral específico de la actividad de esa empresa, de modo que la fijación salarial responda a las funciones de trabajadores, valoradas según el mercado correspondiente y criterios de razonabilidad. En este sentido se ha manifestado la Contraloría General.
Para estos fines, se promovió la licitación abreviada 2009LA-000006-01, de la cual adjunta el expediente administrativo, en la que se recibieron dos ofertas; pero ambas incumplieron por presentación tardía y falta de garantía de participación.
II. Justificación
Siendo que la contratación es de carácter urgente para los intereses de SINART, solicita se permita llevar a cabo una contratación directa de los servicios de una empresa consultora para que lleve a cabo el estudio de mercado, análisis y descripción de los puestos de trabajo del Sistema Nacional de Radio y Televisión Cultural. El monto estimado de la contratación es de ¢12.000.000.
III. Criterio de la División.
En ...
Fecha publicación: 03/12/2009
Fecha emisión: 30/11/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 09215
3 de setiembre, 2009
DJ-0954
Licenciado
Alfonso Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN S.A.
Estimado señor:
Asunto: Se atiende la consulta formulada por el Sistema Nacional de Radio y Televisión mediante oficio no. PE-213-2009 del 11 de agosto de 2009, sobre el pago de dietas del Consejo Ejecutivo del SINART, S.A. de conformidad con el concepto de miembro externo del artículo 7 de la Ley no. 8346.
Damos respuesta al oficio no. PE-213-2009 del 11 de agosto de 2009, mediante el cual la Presidencia Ejecutiva del Sistema Nacional de Radio y Televisión, en adelante SINART, consulta sobre el pago de dietas del Consejo Ejecutivo del SINART, S.A. de conformidad con el concepto de miembro externo del artículo 7 de la Ley no. 8346.
Sobre el particular, en virtud de nuestra potestad consultiva, consagrada en el artículo 29 de la Ley Orgánica de esta Contraloría General de la República no. 7428 de 7 de setiembre de 1994, atendemos la presente solicitud de criterio, teniendo en cuenta que su alcance tiene efectos vinculantes en lo que se refiere a la materia objeto de nuestras competencias constitucionales y legales. En ese sentido, esta Contraloría General orienta las acciones que debe atender la administración activa para la resolución de los casos concretos, por ser ello de su competencia.
I.- Motivo de la consulta:
Señala en su consulta que el numeral 7 de la Ley no. 8346 establece la posibilidad de pagar dieta solo a los “miembros externos” que conforman el Consejo Ejecutivo, y al respecto el dictamen C-340 del 31 de octubre de 2003 del órgano procurador ya consideró a dos de los representantes como acreedores a tal condición.
Sin embargo, su asesoría legal revisando la evolución jurisprudencial del artículo 17 de la Ley no. 8422, Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, con ocasión a una consulta so ...
Fecha publicación: 06/09/2009
Fecha emisión: 03/09/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Dietas
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 05784
05 de junio, 2009
DCA-1582
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Licenciado
Randall García Fonseca
Unidad de Refrendos
SINART S.A.
Estimada señora:
Asunto: Se refrenda el contrato suscrito con Corporación FONT S.A. por un monto de $ 115.147.00.
Damos respuesta a su oficio No. AL-051-2008 del 30 de abril de 2009, mediante el cual solicita el refrendo del contrato suscrito entre el Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. y la empresa Corporación FONT S.A. para la adquisición, instalación y puesta en marcha de una planta eléctrica con dos transferencias compatibles (Licitación Pública No. 2008LN-000002-01), por un monto de $115.147.00.
I. Aspectos relacionados con el trámite.
Nos remite para análisis los documentos contractuales referidos y el expediente administrativo del concurso en donde constan el cartel, la oferta de la adjudicataria, la recomendación de adjudicación y la resolución de adjudicación.
De igual forma, consta en el expediente la garantía de cumplimiento por un monto de $ 11.514.70 (folio 1030 del expediente administrativo), que equivale a un 10% del monto anual del contrato según se requirió en el cartel. Asimismo, se remiten las especies fiscales rendidas por la firma contratista y por el SINART, por un monto de ¢165.312.00 y ¢166.000.00 respectivamente (folios 1028 y 1029 del expediente administrativo).
De igual forma, consta la certificación de contenido presupuestario por un monto de ¢67.460.000.00 para el año 2009.
II. Criterio de la División.
Respecto del contrato referido, una vez realizado el análisis de rigor, este órgano contralor considera procedente conceder el refrendo del contrato remitido, por encontrarse conforme a derecho. Por lo demás, conforme lo dispuesto por el artículo 9 del Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, es responsabilidad de la Administración la verificación de los aspectos técnicos, así co ...
Fecha publicación: 09/06/2009
Fecha emisión: 05/06/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
División Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales Ambientales y Agropecuarios
FOE-PGAA-0286
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26 de mayo, 2009
Al contestar refiérase
al oficio Nº 5414
26 de mayo, 2009
FOE-PGAA-0286
Señor
Alfonso Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y
TELEVISIÓN CULTURAL S.A. (SINART)
Estimado señor:
Asunto:
Aprobación del presupuesto extraordinario No. 2-2009 del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A., por un monto de ¢248.567,7 miles.
Con la aprobación de esta Contraloría General, y con el fin de que se haga del conocimiento del Consejo Ejecutivo del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. (SINART), se remite el presupuesto extraordinario No.2-2009 al presupuesto vigente de ese Sistema por la suma de ¢248.567,7 miles; lo anterior, de conformidad con el análisis efectuado por este órgano contralor y las siguientes consideraciones:
1. Los recursos provenientes del “Superávit libre 2008” y su aplicación, se aprueban de conformidad con la certificación emitida por el Departamento Financiero Contable del SINART.
2. Este presupuesto extraordinario se aprueba a nivel de partida de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos R-CO-41-2005 publicados en La Gaceta No. 104 del 31 de mayo de 2005. En ese sentido, cabe señalar a la Administración del SINART que todo documento presupuestario que se presente para la aprobación de este órgano contralor, deberá ser a ese nivel de partida, con el resumen institucional y las justificaciones pertinentes de los gastos más relevantes; de lo contrario, dichos documentos serán devueltos sin el trámite correspondiente.
3. Además, en razón de lo indicado en el punto inmediato anterior y dado el origen de los recursos que se están aplicando, es necesario recordar que en la ejecución del gasto según su objeto, se deberá cumplir con lo dispuesto por e ...
Fecha publicación: 29/05/2009
Fecha emisión: 26/05/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02903
13 de marzo de 2009
DCA-0823
Licenciado
Randall García Fonseca
Unidad de Refrendos
SINART S.A.
1 Km. oeste del parque de Diversiones, Uruca, San José
Estimado señor:
Asunto:
Se otorga refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., y SONIVISIÓN S.A., para adquirir un juego de enlaces de microondas portátiles, derivado del proceso de contratación directa concursada autorizado por la Contraloría General, mediante el oficio 375 del 16 de enero del 2009, hasta por un monto de $105.968,18.
Nos referimos a su oficio N° A.L-31-2009, de fecha 3 de marzo del año 2009, recibido en ésta Contraloría General el 5 de marzo, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., y SONIVISIÓN S.A., para adquirir un juego de enlaces de microondas portátiles por un monto de $105.968,18.
Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23 del 03 de febrero de 2009, se devuelve contrato con el refrendo condicionado de esta Contraloría General. Lo anterior bajo los siguientes comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido.
I.-
Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los aspectos siguientes:
i) Se tuvo a la vista la certificación de contenido presupuestario emitida por Yorleny Vargas Villalobos Jefa Financiera Contable de SINART. S.A., con fecha de 25 de febrero de 2009, por el orden de ¢65.000.000, partida 5-01-03 Equipo de Comunicación. (ver folio 200 del expediente administrativo). En ese sentido, se recuerda qu ...
Fecha publicación: 16/03/2009
Fecha emisión: 13/03/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
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DIVISIÓN DE ASESORÍA Y GESTIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 02260
25 de febrero, 2009
DAGJ-0284-2009
Licenciado
Antonio Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
Sistema Nacional de Radio y Televisión S. A.
Estimado señor:
Asunto: Se atiende consulta formulada por el SINART S. A., mediante oficio PE-396-2008, respecto al pago de especies fiscales para contrataciones que se formalizan en órdenes de compra.
Por encargo y con la aprobación del Gerente de División, damos respuesta a su oficio PE-396-2008, recibido en esta Contraloría General el 17 de diciembre del año anterior.
I. Motivo de la consulta:
Señala en su oficio, que la Asesoría Legal de esa institución emitió criterio respecto al pago de especies fiscales en las contrataciones administrativas formalizadas en órdenes de compra. En éste se concluyó que el hecho generador del pago de estas especies, según el Código Fiscal, es la perfección de un contrato administrativo independientemente de su formalización; que dentro del procedimiento hay actos de efectos propios que traban la relación contractual como la adjudicación y que el SINART, como ente público, tiene responsabilidades tributarias como contribuyente y agente retentor. En consecuencia, deben pagarse las especies fiscales aunque solo se formalice la contratación mediante una orden de compra.
No obstante lo anterior, en nota del mes de septiembre de 2008, RECOPE sostiene un criterio diferente respaldado en el oficio de su asesoría legal N° DJU-SL-1726, negándose al pago de estos timbres.
Manifiestan también que, en el transcurso de las consultas, entró en operación el contrato del sistema de tarjeta electrónica para el pago de compra por combustible entre RECOPE y el SINART S. A., bajo el código 4021-00. Para el SINART, esto supone que en razón de la existencia del SIAC, la administración activa debe abrir un procedimiento de compra directa por oferente único que se formaliza finalmente en una orden de compra.
Adju ...
Fecha publicación: 27/02/2009
Fecha emisión: 24/02/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: HIST.DIVISION DE ASESORIA Y GESTION JUR.
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ATENCION DE CONSULTAS ESCRITAS EXTERNAS
Tesauro: Impuestos
División Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales Ambientales y Agropecuarios
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área Servicios Públicos Generales y Ambientales
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Al contestar refiérase
al oficio Nº 1691
11 de febrero, 2009
FOE-PGAA-0075
Señor
Alfonso Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
Sistema Nacional de Radio y
Televisión Cultural S.A. (SINART)
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario Nro. 1-2009 del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. (SINART), por un monto de ¢ 574.398,2 miles.
Con la aprobación de la Contraloría General de la República, se remite el presupuesto extraordinario Nro. 1-2009 del Sistema Nacional de Radio y Televisión S.A. (SINART), por un monto de ¢ 574.398,2 miles, presentado mediante el oficio Nro. PE-025-2009.
Los ingresos incorporados en la clase “Financiamiento” correspondiente al superávit específico, se aprueban de conformidad con la certificación emitida por el Departamento Financiero Contable del SINART.
Atentamente,
Licda. Lilliam Marín Guillen, MBA
Gerente de Área
AGB/JMM/aag
ci:
MBA. Guiselle Carballo Villalobos, Subdirectora General
Licda. Irma Campbell Steward, Auditoria Interna
Licda. Yorleny Vargas Villalobos, Director Financiero Contable-
Expediente Interno SINART
Archivo Central.
Gestión: 2008002949-3
NI:
2055
T: (506) 2501 8000 F: (506) 2501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
T:. (506) 501 8000 F:. (506) 501 8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
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Fecha publicación: 09/02/2009
Fecha emisión: 06/02/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: AREA FISC. SERVICIOS PUBLICOS GENERALES
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 00357
16 de enero, 2009
DCA-0190
Licenciado
Alfonso Estevanovich González
Presidente Ejecutivo
Sistema Nacional de Radio y Televisión Nacional S.A.
Fax: 2231-6604
Estimado señor:
Asunto: Se autoriza al SINART S.A., realizar una contratación directa concursada, para adquirir un juego de enlaces de microondas portátiles, hasta por un monto de ¢65.000.000.
Nos referimos a sus oficios PE-384-2008 y PE-10-2009, de fechas 18 de diciembre de 2008 y 12 de enero de 2009, mediante los cuales solicita autorización para contratar directamente la adquisición de un juego de enlaces de microondas portátiles, hasta por un monto de ¢65.000.000.
1) Antecedentes y justificaciones.
a) La Administración inició el procedimiento de Licitación Pública 2008LN-000001-1, con el objetivo de adquirir varios equipos de radio y televisión indispensables en las transmisiones de producciones exteriores, la línea 4 del cartel correspondía a un juego de enlaces de microondas portátiles, la cual sólo fue cotizada por una empresa, y por medio del análisis técnico se recomendó excluir dicha oferta porque no cumplía con los requisitos específicos solicitados por el cartel, ni con los requerimientos técnicos, por lo tanto dicha línea devino en infructuosa.
b) Este equipo resulta indispensable para el canal 13, por ser un medio para aumentar ingresos económicos, mediante las transmisiones de programas en vivo, por lo cual el no contar con ello, obliga a la Administración a tener que alquilar el equipo.
c) A consecuencia de lo citado anteriormente, es necesario para SINART S.A., la autorización de ésta contratación y así poder atender los eventos importantes, en vivo, que depara el año 2009, ante lo cual, fundamenta esta autorización en el artículo 2 bis, inciso c) de la Ley de Contratación Administrativa y los artículos 138 y 139 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, debido a la necesidad a la qu ...
Fecha publicación: 19/01/2009
Fecha emisión: 16/01/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: AUTORIZACIONES DE CONTRATACIÓN DIRECTA
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE AUTORIZACION DE CONTRATACION DIRECTA
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DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 00165
12 de enero del 2009
DCA-0099
Licenciado
Randall García Fonseca
Unidad de Refrendos
SINART S.A.
1 km oeste del parque de Diversiones, Uruca San José
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirlo, el refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., e INRESA de Costa Rica, para la compra de 1 transmisor de 1 Kw. en estado sólido con una impedancia de 50 ohms y un equipo de enlace que comprende transmisor y receptor, derivado de la Licitación Pública N° 2008-LN-000001-1, hasta por un monto de $12.085,35.
Nos referimos a su oficio N° A.L-212-2008, de fecha 16 de diciembre del año 2008, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., e INRESA de Costa Rica, para la compra de 1 transmisor de 1 Kw en estado sólido con una impedancia de 50 ohms y un equipo de enlace que comprende transmisor y receptor, derivado de la Licitación Pública N° 2008-LN-000001-1, hasta por un monto de $12.085,35.
Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-44 de las 9:00 horas del 11 de octubre de 2007, publicado en La Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2008, se devuelve contrato sin refrendar.
Lo anterior por no requerirlo, ello de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, en el cual se establece entre otras cosas, los límites presupuestarios que le indican a cada administración, según el estrato en que se ubica, cuales contratos requieren de refrendo contralor, de acuerdo con el monto de la contratación, que se solicita refrendar.
Este Despacho le advierte a la Administración que queda bajo su absoluta responsabilidad la obs ...
Fecha publicación: 15/01/2009
Fecha emisión: 12/01/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 00166
12 de enero del 2009
DCA-0100
Licenciado
Randall García Fonseca
Unidad de Refrendos
SINART S.A.
1 km oeste del parque de Diversiones, Uruca San José
Estimado señor:
Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirlo, el refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., y Southland Technology, para la compra de 2 Antenas Parareflector, derivado de la Licitación Pública N° 2008-LN-000001-1, hasta por un monto de $2.476,33.
Nos referimos a su oficio N° A.L-212-2008, de fecha 16 de diciembre del año 2008, mediante el cual solicitan el refrendo al contrato suscrito entre SINART S.A., y Southland Technology, para la compra de 2 Antenas Parareflector, derivado de la Licitación Pública N° 2008-LN-000001-1, hasta por un monto de $2.476,33.
Una vez realizado el estudio de rigor y con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo 20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de setiembre de 1994, y el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, resolución N° R-CO-44 de las 9:00 horas del 11 de octubre de 2007, publicado en La Gaceta N° 202 del 22 de octubre de 2008, se devuelve contrato sin refrendar.
Lo anterior por no requerirlo, ello de conformidad con el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, en el cual se establece entre otras cosas, los límites presupuestarios que le indican a cada administración, según el estrato en que se ubica, cuales contratos requieren de refrendo contralor, de acuerdo con el monto de la contratación, que se solicita refrendar.
Este Despacho le advierte a la Administración que queda bajo su absoluta responsabilidad la observancia de legalidad al tramitar y ejecutar ésta contratación, así las cosas debe velar porque exista razonabilidad de los precios de los bienes a adquirir, con fundamento en el artículo 9 del Reglamento de rito, velar porqu ...
Fecha publicación: 15/01/2009
Fecha emisión: 12/01/2009
Institución: SISTEMA NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION CULTURAL (SINART)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS